Guía Legal · Chile · Actualizada 2026

Cómo salir de DICOM en Chile y cuándo se borra una deuda del registro

«Estar en DICOM» significa aparecer en un boletín de informaciones comerciales, un registro privado de morosidades regulado por la Ley 19.628 y la Ley 20.575. Los datos de morosidad deben eliminarse a los 5 años contados desde que la deuda se hizo exigible, y también cuando la deuda se paga o se extingue por cualquier otro modo. Estar o salir del registro es una cosa; que la deuda exista o esté prescrita, es otra distinta.

Las tres formas de salir del registro

Vía Cómo funciona
Pagando la deuda Extinguida la obligación, el dato debe eliminarse. Conviene exigir el comprobante o certificado de pago al acreedor
Por el paso del tiempo El dato se elimina a los 5 años desde que la deuda se hizo exigible, se haya pagado o no
Por acuerdo o repactación Si el acuerdo extingue la obligación anterior, corresponde eliminar el registro de esa deuda

Si el dato sigue publicado después de que debía eliminarse, puedes exigir su eliminación directamente al responsable del registro y, si no responde, recurrir ante los tribunales. La ley te reconoce el derecho a conocer, rectificar y eliminar tus datos personales.

Prescripción y DICOM no son lo mismo

Es la confusión más cara que existe en esta materia:

  • Que una deuda esté prescrita significa que el acreedor ya no puede cobrarla judicialmente con éxito si el deudor alega la prescripción. La acción ejecutiva prescribe en 3 años desde que la obligación se hizo exigible; pagarés y letras, en 1 año desde el vencimiento.
  • Que una deuda salga del boletín comercial es solo una consecuencia del paso del tiempo o del pago: no extingue la obligación.

Por eso, pagar o abonar una deuda prescrita puede reactivarla: el pago parcial o el reconocimiento interrumpen la prescripción y el plazo vuelve a correr desde cero. Antes de aceptar una «oferta de repactación» por una deuda muy antigua, conviene revisar desde cuándo dejó de pagarse.

Lo que la cobranza NO puede hacer

La Ley 19.496 del Consumidor pone límites concretos a la cobranza extrajudicial:

  • No puede afectar la privacidad del hogar, la convivencia normal de la familia ni la situación laboral del deudor.
  • No puede enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales ni comunicaciones a terceros ajenos a la obligación.
  • Las visitas y llamados solo pueden hacerse en días y horas hábiles.
  • Los gastos de cobranza extrajudicial tienen topes: 9% del capital en deudas de hasta 10 unidades de fomento, 6% en la parte que exceda de 10 y hasta 50, y 3% sobre lo que exceda de 50. Solo pueden cobrarse transcurridos los primeros quince días de atraso, y se calculan sobre el capital, no sobre intereses.

Para qué no pueden pedirte el informe comercial

La Ley 20.575 estableció el principio de finalidad: los datos de morosidad solo pueden usarse para evaluar riesgo comercial y crediticio. Está prohibido exigir el informe comercial para postular a un empleo, salvo en cargos que impliquen manejo de fondos o valores, y tampoco puede exigirse para acceder a prestaciones de salud, educación ni para postular a cargos públicos.

Si ya no puedes pagar: las salidas de la Ley 20.720

Cuando el problema no es un dato en un registro sino que la deuda superó la capacidad de pago, la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento ofrece dos caminos:

  • Renegociación: procedimiento administrativo y gratuito ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, para quien tiene dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días corridos, actualmente exigibles, de obligaciones diversas y por un total superior a 80 unidades de fomento. Admitida a trámite, suspende los juicios y embargos en curso.
  • Liquidación de persona natural: se realizan los bienes para pagar a los acreedores y los saldos que quedan impagos se extinguen, permitiendo empezar de nuevo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo se queda una deuda en DICOM?

Los datos de morosidad deben eliminarse a los 5 años contados desde que la deuda se hizo exigible, se haya pagado o no. También corresponde eliminarlos antes si la deuda se paga o se extingue por cualquier otro modo. Si el registro se mantiene después de esos plazos, puedes exigir su eliminación al responsable del registro y recurrir a los tribunales si no la practica.

¿Si pago salgo de DICOM de inmediato?

El pago obliga a eliminar el dato, pero la actualización no es instantánea: el acreedor debe informar el pago al registro y este eliminarlo. Por eso conviene exigir siempre el comprobante o certificado de pago total y conservarlo, porque es el documento que permite reclamar si el dato sigue apareciendo. Si el acreedor no informa, puedes dirigirte directamente al responsable del boletín.

¿Me pueden negar un trabajo por estar en DICOM?

No en general. La Ley 20.575 prohíbe exigir el informe comercial para postular a un empleo, con la excepción acotada de cargos que impliquen manejo de fondos o valores. Tampoco puede exigirse para acceder a prestaciones de salud, educación ni para postular a cargos públicos. Si te lo exigen fuera de esos casos, es una infracción reclamable.

¿Salir de DICOM significa que ya no debo la plata?

No. El registro y la obligación son cosas distintas: que el dato se elimine no extingue la deuda, y el acreedor puede seguir cobrándola mientras la acción no haya prescrito. A la inversa, una deuda prescrita puede seguir apareciendo en el registro hasta que se cumplan los 5 años. Son dos planos separados y conviene tratarlos por separado.

¿Conviene tomar un crédito para salir de DICOM?

Rara vez. Cambiar una deuda antigua —posiblemente prescrita o próxima a eliminarse del registro— por un crédito nuevo, exigible y con intereses vigentes, suele empeorar la situación. Antes de hacerlo conviene revisar la antigüedad de cada deuda, si está prescrita y cuánto falta para que se elimine del boletín, y comparar con las salidas de la Ley 20.720.

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado. Cada caso tiene particularidades que solo un profesional puede evaluar.

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