En las lesiones, lo que determina la gravedad del delito y la pena es, sobre todo, el tiempo de enfermedad o incapacidad para el trabajo que provocan. El umbral clásico del Código Penal son los 30 días: por sobre ese tiempo las lesiones pasan a ser graves. En las amenazas, lo relevante es que sean serias y verosímiles y que recaigan sobre un mal que constituya delito. Por eso, en ambos casos, el certificado médico y el registro inmediato deciden el resultado.
Cómo se clasifican las lesiones
| Tipo | Criterio general |
|---|---|
| Leves | Las de menor entidad, calificadas por el tribunal según la calidad de las personas y las circunstancias |
| Menos graves | Enfermedad o incapacidad que no supera los 30 días |
| Graves | Enfermedad o incapacidad por más de 30 días |
| Gravísimas | Dejan demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de un miembro importante o notablemente deforme |
De ahí la importancia de constatar lesiones el mismo día: el parte médico es el documento que fija el tiempo de incapacidad, y sin él la calificación queda al azar de lo que se pueda reconstruir después.
¿Cuándo una amenaza es delito?
- Debe ser seria y verosímil: creíble en el contexto, no una expresión de enojo momentáneo.
- Debe recaer sobre un mal determinado, dirigido a la persona, su familia o sus bienes.
- La ley distingue según el mal amenazado constituya o no delito, y según la amenaza sea condicional o no.
- El medio no importa: pueden ser presenciales, por teléfono, por mensajes o por redes sociales. Los mensajes escritos son, de hecho, la mejor prueba.
Qué hacer el mismo día
- Constatar lesiones en un servicio de urgencia. Es gratuito y es la prueba central.
- Denunciar en Carabineros, la PDI o la Fiscalía.
- Fotografiar las lesiones con fecha, y repetir a los días siguientes: los hematomas cambian y esa evolución sirve.
- Guardar los mensajes sin editarlos, con el número visible.
- Anotar los testigos presentes y sus datos de contacto.
- Evaluar medidas de protección, especialmente si hay convivencia o vínculo familiar.
Si hay vínculo familiar, cambia el marco
Cuando los hechos ocurren entre personas con vínculo familiar o de convivencia, entran en el ámbito de la violencia intrafamiliar, con reglas y medidas cautelares propias, como la prohibición de acercamiento y el abandono del hogar común. Ese marco permite pedir protección con mayor rapidez, y es el camino que corresponde en la mayoría de estos casos.
La diferencia entre una causa que avanza y una que se archiva suele estar en las primeras 24 horas: constatación de lesiones, denuncia y respaldo de los mensajes. Los abogados penalistas verificados de este directorio ofrecen primera consulta sin costo, tanto para víctimas como para imputados.