La relación directa y regular es el derecho del hijo a mantener contacto con el padre o madre con quien no vive, y también un derecho-deber de ese padre (artículo 229 del Código Civil). Se fija por acuerdo aprobado por el tribunal o, si no hay acuerdo, por resolución del juez de familia. Un punto que genera muchos conflictos y conviene tener claro: no se puede suspender porque el otro padre no pague la pensión de alimentos. Son obligaciones independientes.
¿Qué debe contener un buen régimen?
Un régimen redactado en términos vagos («visitas de común acuerdo») es la principal fuente de conflictos posteriores. Conviene que quede escrito con este nivel de detalle:
- Días y horarios exactos de retiro y entrega, y quién retira y quién entrega.
- Lugar de entrega y retiro.
- Fines de semana: cuáles, alternados o fijos.
- Vacaciones de invierno y verano, y cómo se distribuyen.
- Fiestas: Navidad, Año Nuevo, Fiestas Patrias, cumpleaños del hijo y de cada padre, Día de la Madre y del Padre.
- Contacto remoto: videollamadas o llamadas en días sin visita, con horario definido.
- Qué pasa si el niño está enfermo o si hay un imprevisto, y cómo se recupera el tiempo perdido.
¿Qué hago si no me dejan ver a mi hijo?
- Deja registro de cada incumplimiento: fecha, hora, lugar y mensajes. Sin registro, la discusión se vuelve palabra contra palabra.
- Solicita el cumplimiento ante el mismo tribunal que fijó el régimen.
- El tribunal puede decretar apremios contra quien incumple, incluidos arresto y multa, según la gravedad y la reiteración.
- Puede pedirse la recuperación del tiempo no compartido y, en casos graves y sostenidos, el incumplimiento puede fundar una demanda de modificación del cuidado personal.
¿Y si es el padre quien no va a buscar al hijo?
La relación directa y regular no es solo un derecho: la ley la describe también como un deber. El incumplimiento reiterado del padre que no ejerce su régimen puede ser considerado por el tribunal, y también puede pedirse su modificación para ajustarla a lo que realmente ocurre. Además, la falta de contacto puede tener consecuencias en materias como el juicio de alimentos o el cuidado personal.
¿Se puede fijar un régimen si hay violencia de por medio?
Sí, pero con resguardos. El tribunal puede establecer un régimen supervisado o progresivo, disponer que las entregas se hagan en un lugar neutral o a través de un tercero, o suspenderlo temporalmente si existe riesgo acreditado para el niño. Las medidas de protección se piden en el mismo Tribunal de Familia y pueden decretarse con urgencia.
Cuanto más específico es el régimen por escrito, menos espacio hay para el conflicto: la mayoría de los juicios de cumplimiento nace de acuerdos redactados de forma ambigua. Los abogados de familia verificados de este directorio pueden revisar tu caso en una primera consulta sin costo.